El efecto “bumerang”.Un hombre de Charlotte, localidad estadounidense de Carolina del Norte, adquirió en cierta ocasión una caja de cigarros habanos, de los caros, caros. Tanto que, siguiendo la arraigada costumbre anglosajona por hacerlo con todo tipo de cosas, los aseguró. Suscribió una póliza de seguros que, entre otros riesgos, cubría aquella preciada posesión de la desgracia que podría suponer el que desapareciesen pasto de las llamas.
Al cabo de poco tiempo, menos de un mes, y sin haber pagado aún la primera mensualidad de la póliza, el hombre formuló una reclamación asegurando que los cigarros se habían perdido en una serie de “pequeños incendios”.
Naturalmente, la compañía de seguros se negó a pagar. Pero el “perjudicado” les demandó… ¡y ganó! Aunque el juez reconoció que la reclamación era frívola, argumentó que el reclamante poseía una póliza en la que los cigarros estaban asegurados contra el fuego, contrato en el que no se definía qué se consideraba un “fuego no aceptable”. El magistrado sentenció que el demandante estaba en su derecho a cobrar la póliza. Para evitar el lento y costoso proceso judicial de recurrir, la compañía de seguros aceptó pagar al hombre doce mil euros.
En cuanto el “damnificado” cobró el cheque, la compañía de seguros se apresuró a denunciarle por “haber provocado 24 incendios” y por ello fue arrestado por la policía. Gracias a la reclamación y el testimonio utilizado contra la compañía por él mismo, el hombre fue acusado por quemar intencionadamente una propiedad previamente asegurada por la compañía.
Después de un nuevo juicio, la sentencia le obligó a cumplir dos años de cárcel y a pagar una multa de dieciocho mil euros.
Se supo que, a resultas de todo ello, el hombre en cuestión dejó de fumar.
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